Nacionalidad Española por Residencia

La nacionalidad española por residencia es una de las vías más comunes para adquirir la ciudadanía en España. Está destinada a personas extranjeras que han residido legal y de forma continuada en el país durante un período determinado, según los plazos establecidos por la legislación vigente.

Documentos necesarios

  • Formulario oficial de solicitud
  • Pasaporte en vigor
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de España
  • Certificado de empadronamiento
  • Documentación que acredite la residencia legal y el tiempo de permanencia
  • Certificados de integración (DELE A2 y CCSE del Instituto Cervantes, si aplican)
  • Justificante de pago de la tasa administrativa correspondiente

Requisitos

Haber residido legal y de forma continuada en España durante:

  • 10 años para ciudadanos en general
  • 5 años para personas reconocidas como refugiadas
  • 2 años para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o personas de origen sefardí
  • 1 año en los siguientes casos:
    • Nacidos en territorio español
    • Casados con ciudadano/a español/a por más de un año (no separados legalmente)
    • Viudos/as de ciudadanos/as españoles/as, si no estaban separados al momento del fallecimiento
    • Personas tuteladas por ciudadano o institución española durante al menos dos años consecutivos